DGII y DGCP disponen uso obligatorio de facturación electrónica en contrataciones públicas

La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) emitieron una circular conjunta mediante la cual establecen la obligatoriedad de emitir facturas electrónicas en todos los procedimientos de contratación pública que generen pagos por parte del Estado dominicano.

Según ambas entidades, esta medida tendrá un impacto directo en la trazabilidad del gasto público, la eficiencia administrativa y el fortalecimiento de la lucha contra la corrupción.

🏛️ ¿Qué exige exactamente la nueva circular?

La DGII y la DGCP instruyen que:

  • Todas las facturas emitidas para procesos de compras y contrataciones del Estado deberán ser electrónicas.
  • Los proveedores deben regularizar su estatus ante la DGII y solicitar autorización como emisores electrónicos.
  • Las instituciones públicas deberán actualizar sus pliegos de condiciones y exigir facturación electrónica para validar y procesar pagos.

Esta disposición da cumplimiento a las leyes:

✔️ Ley 32-23 de Facturación Electrónica
✔️ Ley 340-06 de Compras y Contrataciones Públicas

Durante el acto de firma, el director de la DGII, Luis Valdez Veras, informó que actualmente 611 grandes contribuyentes ya están obligados a emitir comprobantes fiscales electrónicos, obligación que ahora también aplica a cualquier operación con entidades estatales.

Por su parte, el director de la DGCP, Carlos Pimentel Florenzán, destacó que esta medida impulsa una gestión pública más transparente, eficiente y trazable, fortaleciendo así la rendición de cuentas.

📌 ¿Qué deben hacer los proveedores del Estado?

A partir de esta circular, todos los suplidores deben:

  1. Emitir comprobantes fiscales electrónicos (e-CF) en todas sus operaciones con instituciones públicas.
  2. Asegurar que sus sistemas de facturación cumplan los estándares técnicos establecidos por la DGII.
  3. Verificar la correcta emisión y recepción de los documentos electrónicos en los procesos de pago.

Además, la circular indica que las instituciones contratantes deberán incluir dentro de la sección “Condiciones de Pago y Retenciones” de sus pliegos la obligatoriedad de la facturación electrónica para garantizar el cumplimiento de los procedimientos legales.

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